Robo

Un delito previsto en el artículo 334 del Código Penal prohíbe tomar o convertir cualquier cosa de otra persona con intención fraudulenta y sin color de derecho, privarla (temporal o absolutamente), utilizarla como garantía o desprenderse de ella con la condición de que pueda no poder realizarlo o tratarlo de una manera que no pueda restaurarse a la condición que tenía en el momento en que fue tomado. En pocas palabras, puede cometer robo si intencionalmente toma algo que no le pertenece durante un período de tiempo. Su intención de devolver el artículo es irrelevante.

Las defensas contra los cargos de robo surgen cuando se consideran los requisitos de “intención fraudulenta” y “color del derecho”. En otras palabras, ambos requisitos deben ser probados para que usted sea culpable de robo. Cada una de estas defensas implica un elemento de honestidad. Si actuó honestamente sin intención fraudulenta o creyó honestamente que tenía derecho a algo son preguntas que requieren una revisión cuidadosa de la evidencia.

Por ejemplo, si actuó siguiendo las órdenes de un superior y honestamente creyó que esas órdenes estaban justificadas, es posible que pueda establecer que actuó honestamente. Además, el color del derecho se refiere a una afirmación de un derecho de propiedad o de poseedor sobre una cosa, que puede incluir una creencia honesta de que usted tenía derecho al dinero cuando se le transfirió, independientemente de cuáles fueran sus derechos reales.

Fraude

Un delito tipificado en el artículo 380 del Código Penal prohíbe esencialmente la privación deshonesta de cualquier propiedad, dinero, valores valiosos o cualquier servicio. El elemento central es el concepto de deshonestidad y las circunstancias externas constan de varios elementos.

Es importante comprender que no es necesario determinar ninguna propiedad, dinero, valor valioso o servicio para ser culpable de fraude. Las circunstancias externas sólo requieren un acto prohibido de engaño, falsedad u otros medios fraudulentos. Además, sólo debe establecerse que usted tuvo conocimiento del acto prohibido y que al realizarlo podría privar a otro.

Si ha sido acusado de fraude, es fundamental que busque asesoramiento legal de inmediato. Una revisión detallada de la evidencia es primordial cuando se tratan casos de fraude, ya que hay muchos elementos a considerar.

Preguntas

Robo – ¿Cuál es la diferencia entre robo y fraude?

  • El robo y el fraude están estrechamente relacionados. El robo requiere la toma intencional de algo sin el consentimiento de otra persona. Por el contrario, el fraude no requiere la toma real de nada. Su elemento central es la deshonestidad. Lo importante es el acto deshonesto prohibido, que podría privar a otra persona. La intención de engañar a otra persona para beneficio personal es donde una revisión cuidadosa de la evidencia es primordial.
  •  

Robo: ¿Qué pasa si creo que tengo derecho sobre el artículo que tomé?

  • Si usted honestamente creía que tenía derecho a lo que tomó, puede presentar esto como defensa. Como en la mayoría de los casos penales, su creencia honesta de que tenía derecho a algo requerirá una revisión exhaustiva de las pruebas en su contra y, potencialmente, de su versión de los hechos.

Fraude: ¿Qué pasa si no obtuve ningún artículo o beneficio de mis acciones?

  • No es necesario haber obtenido nada o beneficiarse de alguien para ser declarado culpable de fraude. Lo importante es el acto prohibido intencional y deshonesto. Saber que un acto prohibido podría privar a otra persona es lo que debe establecer la prueba.

Leave a Comment